Restricciones a la circulación de camiones en Carnaval
De acuerdo a lo establecido por la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) se informa que la circulación de camiones de más de 3.500 kg quedará restringida en las rutas nacionales y los accesos a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para el próximo fin de semana.
Restricciones a la circulación de camiones
RUTAS NACIONALES
Carnavales
Días y horarios en que se aplicará la veda:
Fecha |
Horario |
|
Viernes 5 de febrero de 2016 |
18 a 23:59 hs |
ASCENDENTE (SALIDA) |
Martes 9 de febrero de 2016 |
18 a 23:59 hs. |
DESCENDENTE (REGRESO) |
Recordamos que por Disposición nº 659 se establece que los vehículos de categorías N2, N3, O, O3 y O4 no podrán circular por la Ruta Nacional N° 09 desde el km. 85 hasta el km. 142, el viernes 5 y el martes 9 de febrero desde las 15:00 hs. hasta las 17:59 hs., horario a partir del cual comienza la medida restrictiva dictada mediante la Disposición ANSV N° 384 del 29 de junio de 2015
B) SECCION II
RUTA |
DESDE |
HASTA |
Nº 3 |
Ciudad Autónoma de Buenos Aires. |
Bahía Blanca, Pcia. de Bs. As. |
Nº 5 |
Ciudad Autónoma de Buenos Aires. |
Ciudad de Trenque Lauquen, Pcia. de Bs. As. |
Nº 7 |
Ciudad Autónoma de Buenos Aires. |
Ciudad de San Luis, Pcia. de San Luis. Tramo correspondiente a autovía desde la Ciudad de San Luis, Pcia de San Luis, a la Ciudad de Mendoza, Pcia de Mendoza, se restringirá conforme el criterio establecido para Autopistas. |
Nº 8 |
Ciudad Autónoma de Buenos Aires. |
Ciudad de Villa Mercedes, Pcia. de San Luis |
Nº 9 |
Ciudad Autónoma de Buenos Aires. |
Ciudad de La Quiaca, Pcia. de Jujuy. Tramo correspondiente a Autopista o Autovía, entre los kilómetros 0 hasta la Av. Circunvalación en la Ciudad de Córdoba, se restringirá conforme el criterio establecido para Autopistas. |
Nº 11 |
Ciudad de Rosario, Pcia. de Santa Fe. |
Ciudad de Clorinda, Pcia. de Formosa. |
Nº 12 |
Empalme con Ruta Nacional N° 9, Provincia de Buenos Aires.
Ciudad de Paraná, Pcia. de Entre Ríos |
Ciudad de Ceibas, Pcia. De Entre Ríos
Puerto Iguazú, Pcia de Misiones.
Los tramos correspondientes a Autovía, entre los kilómetros 80 a 159.91; 1390,9 a 1396.11 y 1636.87 a 1638.76 se restringirán conforme el criterio establecido para Autopistas. |
Nº 14 |
Ciudad de Ceibas, Pcia. de Entre Ríos. |
Ciudad de San José, Pcia. de Misiones. Los tramos correspondientes a Autovía, entre los kilómetros 0 a 504,38 se restringirán conforme el criterio establecido para Autopistas. |
Nº 19 |
Ciudad de Santa Fe, Pcia. de santa Fe. |
Ciudad de Córdoba, Pcia. de Córdoba. |
Nº 20 |
Ciudad de Córdoba, Pcia. de Córdoba. |
Ciudad de San Juan, Pcia. de San Juan. |
Nº 22 |
Ciudad de Bahía Blanca, Pcia. de Buenos Aires. |
Pcia. de Neuquén. |
Nº 33 |
Ciudad de Rosario, Pcia. de Santa Fe. |
Ciudad de Bahía Blanca, Pcia. de Bs. As. |
Nº 34 |
Intersección con la R.N. 9 en la Localidad de GUEMES, Pcia. de SALTA. |
Yuto, Pcia. de Jujuy. |
Nº 35 |
Ciudad de Río Cuarto, Pcia. de Córdoba. |
Ciudad de Santa Rosa, Pcia. de La Pampa. |
Nº 36 |
Ciudad de Río Cuarto, Pcia. de Córdoba. |
Ciudad de Córdoba, Pcia. de Córdoba. |
Nº 38 |
Empalme con la RN N° 20, en la Pcia. de Córdoba. |
Ciudad de S. M. de Tucumán, Pcia. de Tucumán. |
Nº 40 |
Ciudad de San Juan, Pcia. de San Juan. |
Ciudad de Malargüe, Pcia. de Mendoza. |
Empalme con la R.N. N° 234, de la Pcia. de Neuquén. |
Ciudad de Esquel, Pcia. de Chubut. |
|
Nº 74 |
Empalme con la Ruta Nacional N° 38, Pcia. de La Rioja. |
Ciudad de Chilecito, Pcia. de La Rioja. |
Nº 105 |
Ciudad de San José, Pcia. de Misiones. |
Ciudad de Posadas, Pcia. de Misiones. |
Nº 127 |
Empalme con R.N. N° 12, Pcia. de Entre Ríos. |
Empalme con Ruta Nacional N° 14, Pcia. de Corrientes. |
Nº 141 |
Empalme con la Ruta Nacional N° 79, en la Pcia. de La Rioja. |
Ciudad de San Juan, Pcia. de San Juan. |
Nº 146 |
Empalme Ruta Nacional N° 20, Pcia. de San Luis. |
Ciudad de San Rafael, Pcia. de Mendoza. |
Nº 147 |
Ciudad de San Luís, Pcia. De San Luis. |
Empalme de la Ruta Nacional N° 20 de la Pcia. de San Luis. |
Nº 148 |
Ciudad de Villa Dolores, Pcia. de Córdoba. |
Límite con la Pcia. de San Luis. |
Nº 158 |
Ciudad de San Francisco, Pcia. de Córdoba. |
Ciudad de Villa Mercedes, Pcia. de San Luis. |
Nº 174 |
Ciudad de Rosario, Pcia. de Santa Fe. |
Ciudad de Victoria, Pcia. de Entre Ríos. |
Nº 188 |
Ciudad de San Nicolás de los Arroyos, Pcia. de Bs. As. |
Ciudad de General Alvear, Pcia. de Mendoza. |
Nº 205 |
Ciudad de Cañuelas, Pcia. de Bs. As. |
Ciudad de San Carlos de Bolívar, Pcia. de Buenos Aires. |
Nº 226 |
Ciudad de General Villegas, Pcia. de Bs. As. |
Empalme Ruta Provincial N° 29, Pcia. de Bs. As. |
Nº 231 |
Empalme con la Ruta Nacional N° 40, Pcia. De Neuquén. |
Paso Cardenal Samoré, Pcia. de Neuquén. |
Todas las Autopistas de acceso a la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, en toda su extensión
C) SECCION III –
FECHA |
HORARIO |
SENTIDO DEL FLUJO VEHICULAR EN:
· Autopistas de Acceso a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en toda su extensión. · Autopista RN 7 desde ciudad de SAN LUIS a la ciudad de MENDOZA. · Autopista RN 9 desde el km 0 hasta la Av. Circunvalación en la ciudad de CORDOBA. · Autovía RN 12 desde el km 80 al 159.91; · Autovía RN 12 desde el Km 1390,9 al 1396 · Autovía RN 12 desde el km 1636,87 a 1638. · Autovía RN 14 desde el km 0 al 504.38. |
Viernes 5 de febrero |
18 a 23:59 hs |
ASCENDENTE (SALIDA) |
Martes 9 de febrero |
18 a 23:59 hs. |
DESCENDENTE (REGRESO) |
Se exceptúan de la restricción a los vehículos que a continuación se detallan:
a) De transporte de leche cruda, sus productos derivados y envases asociados;
b) De transportes de animales vivos;
c) De transportes de productos frutihortícolas en tránsito;
d) De transporte exclusivo de prensa y de unidades móviles de medios de comunicación audiovisual;
e) De atención de emergencias;
f) De asistencia de vehículos averiados o accidentados, en el lugar del suceso o en el traslado al punto más próximo a aquel donde pueda quedar depositado y en regreso en vacío;
g) Cisterna de traslado de combustible, de Gas Natural Comprimido y Gas Licuado de Petróleo;
h) De transporte de gases necesarios para el funcionamiento de centros sanitarios, así como de gases transportados a particulares para asistencias sanitarias domiciliaria, en ambos casos, cuando se acredite que se transportan a dichos destinos;
i) De transporte de medicinas;
j) De transporte de depósitos final de residuos sólidos urbanos;
k) De transporte que deba circular en cumplimiento directo e inmediato de una orden judicial;
l) De transporte de sebo, hueso y cueros